ANGELA SALGADO
La reducción de la jornada laboral en Colombia, empezó a regir desde el pasado 15 de julio del año 2023, según la ley 2101 de 2021 que modifica el Art. 161 del Código Sustantivo del Trabajo -CST. Según la a Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), Colombia cuenta con la "segunda jornada laboral más grande" entre los Estados miembros de ese organismo y a su vez, es el país con la menor productividad de toda la organización.
El objeto de la ley desde el gobierno nacional es plantear alternativas que permitan el fortalecimiento de la productividad laboral reduciendo la jornada laboral de 48 horas semanales a 42 horas semanales, las cuales podrán ser distribuidas, de común acuerdo entre empleador y trabajador, en 5 o 6 días a la semana; garantizando siempre el día de descanso, mejorando significativamente la calidad de vida de los trabajadores , reduciendo los niveles de estrés y logrando mayor productividad debido a la disminución de los niveles de agotamiento físico, mental y emocional.
EXCEPCIONES PARA LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL
Los contratos de trabajo, a término indefinido o temporales, en los que se acordaron turnos de trabajo de no más de seis horas diarias y 36 semanales. Lo que evita el pago de horas extras y recargos nocturnos.
Está permitida la flexibilidad en las jornadas de trabajo diarias, en las que debe de haber un mínimo de cuatro horas de trabajo y un máximo de nueve, y que no se sobrepasen las 42 horas a la semana.
En la tercera excepción, el empleador no podrá asignar dos turnos en el mismo día a un colaborador. No obstante, esto puede variar con aquellos trabajadores que desempeñen cargos de dirección o confianza.
Esta reducción podrá ser implementada de manera gradual por el empleador, de la siguiente manera:
Transcurridos dos (2) años a partir de la entrada en vigencia de la ley, se reducirá una (1) hora de la jornada laboral semanal, quedando en 47 horas semanales.
· Pasados tres (3) años de la entrada en vigencia de la ley, se reducirá otra hora de la jornada laboral semanal, quedando en 46 horas semanales.
A partir del cuarto año de la entrada en vigencia de la ley, se reducirán dos (2) horas cada año hasta Ilegar a las cuarenta y dos (42) horas semanales.
Vigencias establecidas en fechas:
*Julio 15 de 2023: El número de horas laborales se reducen a 47.
*Julio 15 de 2024: El número de horas laborales se reducen a 46.
*Julio 15 de 2025: El número de horas laborales se reducen a 44.
Julio 15 de 2026: a partir de esta fecha los empleadores deben cumplir el número de 42 horas laborales por semana.
Tenga en cuenta que la disminución de la jornada de trabajo no implicara la reducción de la remuneración salarial ni prestacional, ni el valor de la hora ordinaria de trabajo, ni exonera de obligaciones en favor de los trabajadores y es de obligatorio cumplimiento para empresas públicas y privadas, de no ser así las empresas incurrirán en delitos que acarrean sanciones. Así mismo; debe tener presente que la hora del almuerzo no cuenta como hora laboral, así que esta reducción no se debe computar en la jornada, por lo tanto no se podrá hacer un aumento de dicho descanso para cumplir con lo establecido en la nueva norma.
Otro cambio que se viene con la reducción de la jornada respecto a la ley 1857 del 2017, conocida como el "día de la familia" que brinda un día por semestre a los empleados, con la nueva ley las empresas quedarán exentas de la obligación de conceder este día a partir de que la jordana se acorte definitivamente a 42 horas, mientras tanto los colaboradores podrán disfrutar de este beneficio.
Con base en lo anterior, las compañías que incumplan la Ley 2101 corren el riesgo de recibir en su contra acciones legales por parte del trabajador, con el pago de indemnizaciones y multas por violar las normas laborales del país.
Todo lo que usted debe saber respecto la reducción de la jornada laboral en Colombia